Es la primera vez que se juzga y condena por delitos sexuales en el marco de terrorismo de Estado.
Por videoconferencia, el Tribunal Oral Federal número 2 de Rosario condenó a prisión perpetua a José Rubén Lofiego, Mario Alfredo Marcote, Ramón Rito Vergara, Ramón Telmo Alcides Ibarra, José Scortecchini y Ernesto Vallejos en la causa Feced III y IV que juzgó delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico militar y eclesiástica en el centro clandestino de detención Servicios de Informaciones, que funcionó en pleno centro de Rosario, por donde pasaron alrededor de 2000 detenidos-desaparecidos.
Lofiego y Marcote fueron condenados, además, por haber violado a dos detenidas, en la primera condena por delitos sexuales en el marco del terrorismo de estado. En esta causa, que juzgó delitos de lesa humanidad contra 188 víctimas, también fueron condenados Héctor Gianola y Eduardo Dugour, a 22 años; Julio Héctor Fermoselle, a 18 años y Lucio Nast a 16 años de prisión. El único que no contaba con ninguna condena previa era Gianola.
Antes de leer el veredicto, y en consonancia con lo solicitado por las querellas, la jueza Lilia Carnero leyó un breve texto redactado por «la mayoría» del Tribunal que preside -y que integran también Eugenio Martínez Ferrero y Aníbal Pineda- en el que calificó a esta sentencia como una «reparación histórica a las víctimas enumeradas en el veredicto, contra quienes se encuadraron de forma combinada casi todas las instituciones en aquella nefasta época de la historia de nuestro país».
La misma jueza, poco antes había recordado que «las fuerzas de seguridad, iglesias, poder judicial, medios de comunicación, sindicatos, partidos políticos, etc.» habían formado parte del entramado de «una de las etapas más oscuras» de la historia de la República.